Las últimas novedades laborales que te interesa conocer

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Las últimas novedades laborales que te interesa conocer

¿Quieres conocer las últimas novedades laborales? El Real Decreto-ley 5/2023 de 23 de junio recoge importantes medidas y los especialistas de nuestra asesoría laboral en Las Rozas destacan las más importantes.

Más supuestos de discriminación derivados del trato desfavorable en el trabajo

Se reforma el art. 4.2.c) del Estatuto de los Trabajadores (ET). En este precepto se incluye el supuesto de discriminación derivado del trato desfavorable dispensado a mujeres u hombres por el ejercicio de los derechos de conciliación o corresponsabilidad de la vida familiar y laboral.

Nuevas adaptaciones en la distribución de la jornada

Se incorporan novedades respecto a los derechos de las personas trabajadoras a las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo (art. 34.8 ET). Entre otras modificaciones, pasa de 30 a 15 días el proceso de petición de adaptaciones y modificaciones en el puesto de trabajo.

También se amplía este derecho para aquellas personas trabajadoras que tengan necesidades de cuidado respecto de los hijos e hijas mayores de doce años, el cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado de la persona trabajadora, así como de otras personas dependientes. En este último caso, se aplica esta medida cuando viven en el mismo domicilio y por razones de edad, accidente o enfermedad no pueden valerse por sí mismas.

Amplitud de permisos de conciliación de la vida personal, laboral y familiar

Se incluye a las parejas de hecho en el ámbito subjetivo del permiso por accidente o enfermedad graves y por fallecimiento, así como el derecho a la reducción de jornada a 15 días naturales en caso de registro de parejas de hecho (art. 37.3.a ET).

También queda prolongado el permiso retribuido por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización de dos a cinco días (art. 37.3.b ET).

A estos permisos también se incorpora el de cuatro días para ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes e imprevisibles, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata.

 

Por supuesto, el listado de novedades y derechos aprobados con el nuevo Real Decreto es mucho más amplio. De modo que si te quedan dudas sobre a qué permisos puedes acogerte o qué cambios contempla el nuevo texto legal que pueden afectarte, no dudes en contactar con Gestinser, tu asesoría laboral en Las Rozas.

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