02 Ene ¿Sabes cómo tributan los premios de la lotería?
¿Eres de los afortunados en el juego y quieres saber cómo tributan los premios de la lotería? Desde nuestra asesoría fiscal en Pozuelo de Alarcón detallamos cómo tributan los premios correspondientes a las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE), de acuerdo con la reciente nota publicada por la Agencia Tributaria. ¡Toma nota!
¿Qué premios están sujetos a retenciones?
La Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica, establece que todos los premios, independientemente de su naturaleza, están sujetos a una retención por parte del pagador (la SELAE n este caso), en el momento del cobro.
¿Qué premios están exentos de retenciones?
Si el importe íntegro de tu premio es igual o inferior a 40.000 euros, no tienes que pagar a Hacienda. En cambio, si este es superior a 40.000 euros, se empieza a tributar respecto de la parte del premio que exceda de dicho importe.
Porcentaje de aplicación a los no exentos
Como hemos avanzado la base de la retención del gravamen estará formada por el importe del premio que exceda de la cuantía exenta, siendo el porcentaje de retención o ingreso a cuenta del 20%.
Por ejemplo, si el premio es de 100.000 €, tributa al 20% sobre 60.000 € (100.000 – 40.000). En este caso, se aplicaría una retención de 12.000 € y se percibirían 88.000 €.
¿Cómo se identifica a los ganadores?
Para realizar las correspondientes retenciones, es la SELAE quien identifica a los ganadores respectivos de los premios superiores a 40.000 € por décimo.
¿Y si el premio es compartido?
Independientemente de que el premio haya sido obtenido por uno solo o bien conjuntamente por varias personas o entidades, se deben distribuir los 40.000 € que están exentos, entre todos los beneficiarios en proporción a su porcentaje de participación.
No obstante, quien proceda al reparto del premio va a figurar como beneficiario único. Y habrá de manifestarlo así en el momento de cobrar el premio, así como acreditar ante la Administración que el premio ha sido repartido. En consecuencia, también es necesario que cada ganador participante quede debidamente identificado.
Por supuesto, existen otros casos a la hora de aplicar estos gravámenes especiales, como es el de los contribuyentes del IRPF o los no residentes sin establecimiento permanente que resulten agraciados, así como de quienes soporten el IS (Impuesto de Sociedades). De modo que si te encuentras en alguna de estas situaciones o te quedan dudas sobre cómo tributan los premios de la lotería, desde Gestinser, tu asesoría fiscal en Pozuelo de Alarcón, detallamos todo lo que necesitas saber al respecto.
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