14 Nov El impuesto de sucesiones en las distintas CCAA
El impuesto de sucesiones suele ser uno de los que más confunde al contribuyente. Aunque existe una norma estatal, la competencia está transferida a las Comunidades Autónomas. Eso hace que existan hasta 17 cálculos diferentes para la misma tasa, y complica la situación de aquellos que residen en una provincia en la que el impuesto es más alto. De hecho, esta es una de las consultas más habituales en nuestra asesoría fiscal en Las Rozas.
Impuesto de sucesiones ¿dónde se paga menos?
Como estamos comentando, al estar la competencia transferida, el contribuyente que herede determinados bienes pagará en función de la norma que dicta la Comunidad Autónoma donde resida. Esto es importante, porque algunas personas creen que está relacionado con el lugar en el que se encuentra un determinado bien. Por ejemplo, un residente en Madrid pagará la cuantía que le corresponda por parte de esta región, sin importar si los bienes se encuentran en Andalucía, Baleares o Cantabria. Por eso, en muchos casos, nuestra asesoría fiscal en Las Rozas ha ayudado a algunos usuarios que conocían este detalle y se han planteado un cambio de residencia.
Pero con esto sobre la mesa, plantearse soluciones para que el impuesto de sucesiones no impida que puedas disfrutar de la herencia recibida (hay personas que renuncian a ella cuando no tienen suficiente liquidez para abonar el impuesto que se exige en dinero líquido y en un plazo muy corto de tiempo) es importante conocer cuáles son las Comunidades Autónomas con una norma más favorable en el caso de descendientes directos. En todas las que siguen, para ellos el importe es simbólico en 2018:
- Asturias
- Baleares
- Canarias
- Castilla-La Mancha
- Galicia
- Extremadura
- Madrid
- Murcia
- La Rioja
- Territorios forales
En otras Comunidades Autónomas, se exime del pago del impuesto de sucesiones a los contribuyentes que no superan determinados límites en 2018:
- Andalucía. 1.000.000€ en la base imponible.
- Castilla y León. 400.000€ en la BI.
- Aragón. Solo para menores de edad con una reducción del 100% en una base máxima de 3.000.000€)
- Cantabria. Bonificación del 100% para bases inferiores a 100.000€
- Cataluña. Bonificación entre el 20% y el 99%.
- Comunidad Valenciana. Bonificación del 75%.
Como cada Comunidad Autónoma tiene sus propias normativas, te recomendamos consultar con asesores fiscales especializados que te ayuden a salir de dudas.
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