03 Jun Cosas a tener en cuenta a la hora de donar un inmueble
Hacer la donación de una vivienda no es tan fácil como parece. En muchas ocasiones, es habitual no tener en cuenta el coste fiscal que tiene el hecho de donar un inmueble, tanto para la persona que lo recibe, como para el donante. Por eso, como asesoría en Pozuelo de referencia, queremos despejar las dudas que existen en torno a este tema.
Coste para el donatario
La persona que recibe la vivienda será la que tendrá que encargarse de afrontar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Es un impuesto que puede variar mucho en función de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre. Lo que hay que tener en cuenta para tenerlo más claro, es que, para las donaciones en general, la norma que se aplica es la de la Comunidad en la que reside el donatario. Sin embargo, cuando se trata de una vivienda, se aplica la norma de aquella Comunidad Autónoma en la que esta se ubica. De este modo, si unos padres que viven en Galicia deciden donar a su hijo, residente en Madrid, un piso que tienen en Murcia, el impuesto a aplicar sería el de la Región de Murcia.
Para hacer el cálculo de la cantidad que hay que pagar del impuesto, además de la Comunidad, también hay que tener en cuenta la relación de parentesco existente entre el donante y el donatario, así como el patrimonio anterior de la persona que recibe esta donación. Cuanto más lejano sea el parentesco, mayor será el importe a pagar.
Coste para el donante
Donar un inmueble también puede implicar ciertos gastos en muchos de los casos. En este sentido, hay que pensar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF, y el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana o “Plusvalía Municipal”. ¿Por qué? Por un lado, el IRPF trata a las donaciones como si fuesen una venta, de forma que pueden generar ganancias o pérdidas patrimoniales en función del valor de la vivienda. Por otro lado, la “Plusvalía Municipal” depende de cada Ayuntamiento, que será el que aplique el impuesto a pagar. Este se calcula en función del valor catastral del suelo, de forma que, cuanta más antigüedad tenga el inmueble, mayor será la cantidad a pagar por parte del donante.
En Gestinser, recomendamos siempre buscar toda la información en asesorías de confianza, para tener muy claras las consecuencias de una donación, así como todos los trámites y pagos necesarios durante el proceso.
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