¿Cómo se crea una comunidad de bienes?

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¿Cómo se crea una comunidad de bienes?

Como asesoría fiscal en Las Rozas podemos ocuparnos, entre otras cosas, de la constitución de una comunidad de bienes. En este post vemos de qué se trata.

Se trata de una forma de asociación entre trabajadores autónomos que comparten un proyecto común. Una fórmula perfecta por ejemplo en el caso de los pequeños negocios. Básicamente, es un acuerdo privado entre dos o más autónomos, los socios comuneros, que mantienen su condición de autónomos a pesar de que ostentan la propiedad y titularidad de una cosa o derecho pro-indiviso. En Gestinser te recordamos que es una opción muy recomendable para negocios que no requieran de grandes inversiones y en los que se busque una gestión sencilla.

Para inscribir la comunidad de bienes se ha de detallar la actividad del negocio, las aportaciones de cada comunero en dinero o especie, el porcentaje de participación, el uso de elementos comunes y el sistema de administración. Como asesoría te recomendamos su constitución en escritura pública en caso de que se aporten inmuebles o derechos reales. Ten en cuenta además que una comunidad de bienes tiene que tener como mínimo dos socios. Su responsabilidad ante deudas de terceros es ilimitada y solidaria, es decir, responderán con sus bienes presentes y futuros respaldándose entre sí.

Tributación de la comunidad de bienes

La comunidad de bienes tributa mediante el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). No tiene personalidad jurídica propia y se rige por el Código de Comercio en materia mercantil y por el Código Civil en lo relativo a derechos y obligaciones. Ten presente que no existe una aportación mínima y que pueden ser únicamente bienes. Lo que no se puede es aportar sólo dinero o solo trabajo, ambos tienen que ir unidos.


Por último, los trámites de constitución de una comunidad de bienes son similares a los de otras formas jurídicas. Se cierra un acuerdo entre las partes y sea acude a Hacienda, la Seguridad Social y el Ayuntamiento. El contrato de constitución de la comunidad de bienes puede ser en documento privado o público. Para la obtención del CIF en Hacienda se debe aportar el modelo 036, la fotocopia del DNI del firmante y la del documento de constitución.

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