Cómo se tramitan ahora los recursos contra las resoluciones de la OEPM

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Cómo se tramitan ahora los recursos contra las resoluciones de la OEPM

Una de las recientes reformas de la Ley Orgánica del Poder Judicial no solo ha descargado de competencias a los juzgados de lo Mercantil. También se atribuye a ciertas secciones especializadas en esta materia de las Audiencias Provinciales los recursos que se planteen contra las resoluciones que agoten la vía administrativa de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), la entidad encargada de conceder marcas y nombres comerciales, invenciones industriales y otros títulos en materia de propiedad industrial. 

¿Cómo se tramitan ahora estos recursos? ¿Qué órganos judiciales conocen de ellos? Desde nuestra asesoría jurídica en Las Rozas te contamos estas y otras novedades. 

Novedades que introduce la LO 7/22 en relación con la OEPM

La gran novedad de la reforma operada por la LO 7/22 es que, desde el pasado 14 de enero de 2023 (fecha de entrada en vigor de la mencionada ley) los recursos contra las resoluciones de la OEPM que pongan fin a la vía administrativa serán competencia del orden civil y no del contencioso-administrativo. Pero hay más. 

Conocimiento de la nulidad y caducidad de marcas

Será OEPM la entidad que ostente la competencia directa para conocer de la nulidad y caducidad de las marcas registradas en España, pero también de los nombres comerciales y las marcas internacionales con efectos en España.

Recursos contra las resoluciones de la OEPM 

¿Cómo se tramitan los recursos a las resoluciones en esta materia dictadas por la OEPM que pongan fin a la vía administrativa? En primer lugar, se atribuye a las secciones especializadas de las audiencias provinciales la competencia para conocer de los mismos. Y se les atribuye esta competencia a fin de favorecer la seguridad jurídica. 

Asimismo, se faculta al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para acordar que una sección específica de la audiencia provincial que resulte competente asuma en exclusiva el conocimiento de los mencionados recursos.

Competencia territorial para conocer de los recursos de la OEPM

La competencia corresponderá a las secciones de la audiencia provincial en cuya circunscripción radique la ciudad sede del tribunal superior de justicia de la comunidad autónoma correspondiente con el domicilio del demandante o del representante autorizado para actuar en su nombre en España.

 

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