03 Jul ¿Qué es un certificado de últimas voluntades?
Además de operar como asesoría laboral en Las Rozas contamos con un magnífico departamento judicial que te puede asistir en trámites de distinta naturaleza. En el caso de este post queremos hablar del certificado de últimas voluntades y en qué casos es necesario.
Se trata del documento que acredita si una persona ha otorgado testamento y, en caso afirmativo, ante qué notario. Por lo tanto, es el documento que necesitan los herederos del fallecido. El notario autorizante del último testamento les entregará una copia autorizada del certificado de últimas voluntades. En Gestinser te recordamos que se trata de un documento imprescindible para tramitar cualquier acto sucesorio.
Formas de tramitación
El certificado de últimas voluntades se puede tramitar por Internet a través de la página web del Ministerio de Justicia, por vía postal o bien de forma presencial. De todos modos, se elija la vía que se elija, siempre hay que cumplimentar el modelo 790, disponible en las gerencias territoriales del ministerio o en los registros civiles. Para presentar la solicitud tienen que transcurrir 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento. En cuanto a la documentación necesaria, hay que presentar el certificado literal de defunción (original o fotocopia compulsada) previamente expedido en el Registro Civil. En este documento ha de constar el nombre de los padres del fallecido.
En definitiva, estamos ante un trámite necesario para acometer la tramitación de herencias. Puede solicitarlo cualquier persona siempre y cuando presente los documentos requeridos. A la hora de abonar las tasas del certificado de últimas voluntades hay varias vías: en las entidades financieras colaboradoras con la Agencia Tributaria, a través de sistemas de banca electrónica o haciendo una transferencia bancaria. Insistimos en que si el fallecido no hubiera hecho testamento será necesario que un notario determine los herederos con arreglo a la ley. Después se realiza un inventario de los bienes y deudas de la herencia. Todo esto se certifica con los correspondientes saldos bancarios. Para la localización de inmuebles habrá que acudir al Registro de la Propiedad o a las certificaciones catastrales. Por último, en el caso de los vehículos que pudiera tener la persona fallecida, hará falta una certificación emitida por la Jefatura de Tráfico Provincial.
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