27 Jun ¿Cómo funciona el SMAC?
Como asesoría laboral en Las Rozas queremos dedicar este primer post del blog a explicar cómo funciona el SMAC, siglas del Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación.
Si has perdido tu trabajo y crees que se trata de un despido improcedente, tienes que saber que existe la posibilidad de recurrir por vía judicial. De todos modos, el primer paso es acudir a un acto de conciliación para intentar resolverlo sin tener que ir delante de un juez. En Madrid, el organismo al que tendremos que acudir es el SMAC, Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación. Incluye representación institucional, de las patronales de empresarios y de los sindicatos de trabajadores. En Gestinser te asesoraremos en todo el proceso desde la presentación de la papeleta de conciliación. Para hacerlo tienes de plazo 20 días hábiles desde el despido.
Por lo tanto, el SMAC es el organismo encargado de dar solución a los conflictos que surgen en el ámbito laboral como pueden ser los despidos colectivos o los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE). Si ese acto de conciliación que comentamos no culmina en acuerdo será preciso acudir ante un juez. En esta primera fase no es obligatoria la presencia de un abogado pero sí lo será para acudir a los tribunales.
La conciliación, paso previo a un juicio por despido
No podemos obviar que la conciliación es un proceso que se inicia de modo voluntario. Tras presentar papeleta, el SMAC citará al trabajador y a la empresa para el acto de conciliación. Este puede acabar con avenencia, si hay acuerdo, o sin avenencia, en caso de que no. En el caso de que la empresa no se presente, en el acta el procedimiento constará como “intentado y sin efecto”.
En resumen, la conciliación previa en el SMAC busca alcanzar acuerdos que eviten los pleitos. Es por eso requisito previo al procedimiento judicial. Las cuestiones sometidas a conciliación administrativa previa son las relacionadas con el contrato de trabajo que une a empresarios privados con los trabajadores. Cuestiones, como decíamos antes, relativas a despidos, sanciones disciplinarias, reclamaciones de cantidad, clasificación profesional, resoluciones de contrato a instancias del trabajador y conflictos colectivos.
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